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Puede un empleado público tener su propia academia de oposiciones

¿Puede un empleado público tener su propia academia de oposiciones?

Aprovecha las horas libres como funcionario para rentabilizar tus conocimientos ofreciendo cursos en tu propia academia de oposiciones.

Un empleado público puede tener otro trabajo. Muchas veces, cuando un funcionario se ha sacado su plaza fija, tiene otros trabajos en sus horas libres. El más común es ayudar a los futuros funcionarios a conseguir la plaza, ya sea como profesor o montando su propia academia de oposiciones.

 

Sea cual sea tu caso, sigue leyendo si quieres descubrir todo sobre la incompatibilidad laboral y cómo puedes tener una academia y ser funcionario a la vez.

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Todo sobre la incompatibilidad laboral

¿Qué es la incompatibilidad laboral?

Cuando hablamos de incompatibilidad laboral, nos referimos a la situación en la que a un empleado del sector público se le prohíbe tener otro trabajo al mismo tiempo. Es decir, cuando esto sucede, a dicho empleado se le impide legalmente tener un segundo empleo, a menos que existan excepciones específicas establecidas por la ley, las cuales explicaremos más adelante.

¿Qué normativa regula las incompatibilidades en funcionarios?

Las incompatibilidades están establecidas en la Ley 53/1984, de 24 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. Esta ley se detalla aún más en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril.

Básicamente, según esta legislación, si eres funcionario público, no puedes tener otro trabajo en el sector público o privado si entra en conflicto con tu horario o puesto actual como funcionario.

Además, existen otras normativas que también abordan el tema de las incompatibilidades. Por ejemplo, el Estatuto Básico del Empleado Público contiene disposiciones relacionadas con este tema.

Por otra parte, cada comunidad autónoma puede tener sus propias leyes específicas sobre incompatibilidades, especialmente en sectores como salud, educación, entre otros. Es importante estar al tanto de estas regulaciones para evitar problemas.

¿Quién tiene que pedir la incompatibilidad?

Esta ley se aplica al personal de todas las Administraciones.

Sin embargo, no todos los funcionarios tienen que pedir la compatibilidad. Existen en la ley excepciones, y el propio texto contempla actividades que podrás realizar sin necesidad de solicitarla. Por ejemplo:

  • Las derivadas de la Administración del patrimonio personal o familiar. Por ejemplo, si alquilas una vivienda.
  • La dirección de seminarios o el dictado de cursos o conferencias en Centros oficiales destinados a la formación de funcionarios o profesorado, cuando no tenga carácter permanente o habitual ni supongan más de setenta y cinco horas al año.
  • Preparación para el acceso a la función pública en los casos y forma que reglamentariamente se determine.
  • La participación en Tribunales calificadores de pruebas selectivas para ingreso en las Administraciones Públicas.
  • La participación del personal docente en exámenes, pruebas o evaluaciones distintas de las que habitualmente les correspondan, en la forma reglamentariamente establecida.
  • El ejercicio del cargo de Presidente, Vocal o miembro de Juntas rectoras de Mutualidades o Patronatos de Funcionarios, siempre que no sea retribuido.
  • La producción y creación literaria, artística, científica y técnica, así como las publicaciones derivadas de aquéllas, siempre que no se originen como consecuencia de una relación de empleo o de prestación de servicios.
  • La participación ocasional en coloquios y programas en cualquier medio de comunicación social.
  • La colaboración y la asistencia ocasional a Congresos, seminarios, conferencias o cursos de carácter profesional.

¿Cuándo tengo que pedirla?

Es importante solicitar la autorización de compatibilidad antes de comenzar cualquier segunda actividad. De esta manera, asegúrate de no empezar a trabajar en otro lugar sin haber recibido una respuesta positiva por parte de la administración. Es un paso necesario para evitar problemas en el futuro.

Ten en cuenta que no seguir este proceso correctamente podría resultar en consecuencias serias, como una sanción por parte de la administración. Así que es mejor prevenir y cumplir con este requisito desde el principio.

¿Puedo dar clases siendo funcionario?

Como hablábamos anteriormente, es una de las excepciones que contempla la ley. No necesitas solicitar la compatibilidad para dar clase, pero tampoco tienes permitido superar las 75 horas lectivas anuales. Esto suele ser la norma genérica, pero puede cambiar de una Administración a otra. Por lo que, si tienes intención de dar clase, te recomendamos que contactes con el órgano correspondiente y resolver todas tus dudas concretas.

Tener una academia y ser funcionario

Para ser propietario de una academia de oposiciones sí que necesitas la aprobación de la ley de incompatibilidad.

Una vez tengas la compatibilidad aceptada, ¡es el momento de ponerse manos a la obra! Después de todo el papeleo, crear los cursos y reflejarlos en una plataforma educativa es pan comido, y más con el Aula Virtual adecuada.

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Como ves, es posible tener tu propia academia o centro de formación y ser empleado público al mismo tiempo. Tienes que cumplir una serie de requisitos y avisar a la administración de acuerdo con la ley. Además, contar con el Aula Virtual de nabbü te ayudará a triunfar y despegar en tu experiencia como profesional del sector privado con tu propio centro de formación. ¡No puede sonar mejor!